Registro de viviendas de uso turístico en San Pedro del Pinatar

El registro de viviendas de uso turístico en San Pedro del Pinatar permite los alquileres vacacionales en viviendas particulares tanto al completo como por habitaciones.
Te ayudaré con la gestión del VUT de tu vivienda.
¿Qué es una vivienda de uso turístico?
Las viviendas de uso turístico (VUT) son aquellas viviendas que se alquilan a turistas, aunque su uso principal sigue siendo residencial y no comercial. A diferencia de un alquiler normal, el alquiler turístico deberá ser siempre de corta duración y con un plazo preestablecido.
Es común que estos alojamientos compartan edificio con vecinos que viven en ellos de manera permanente y que nada tienen que ver con el alquiler vacacional. Por lo que, es necesario que la comunidad de propietarios autorice la actividad de Vivienda de Uso Turístico (VUT) en el edificio.
En la Región de Murcia las Viviendas de Uso Turístico se pueden alquilar en su totalidad o por habitaciones. Si el alquiler es por habitaciones la explotación solo podrá ser ejercida por una persona física que deberá estar empadronada y tener su residencia efectiva en la vivienda en que se desarrolle la actividad.
¿Qué hace falta para inscribir mi vivienda como VUT?
Antes de alquilar tu vivienda como alojamiento turístico, es importante que te asegures de que la comunidad de vecinos está de acuerdo con el alquiler turístico de su vivienda. Si los inquilinos deben atravesar zonas comunes para llegar a la vivienda, es la comunidad de propietarios la que debe dar el visto bueno.
Además la vivienda debe disponer de cédula de habitabilidad. Es decir sólo se puede dedicar a alquiler turístico una vivienda legal.
Solicitar la Declaración responsable referente a viviendas de uso turístico en San Pedro del Pinatar
Una vez tenemos claro que la comunidad de vecinos no nos impide el VUT, Podemos tramitar la declaración responsable en la Región de Murcia.
- Declaración Responsable de Clasificación Turística modelo P-1890.
- Relación de la o las viviendas o de la o las habitaciones de las viviendas de uso turístico, en formato Excel, con sus datos identificativos incluyendo su referencia catastral y su capacidad. Excel aquí
- Pago de la tasa correspondiente (T330)
Se ha de tener en cuenta además lo siguiente:
Dado que vamos a realizar un alquiler se debe disponer del certificado energético de la vivienda en vigor. Art. 3, Real Decreto 390/2021
¿Qué debe cumplir la vivienda de uso turístico en la Región de Murcia?
Las viviendas de uso turístico en Murcia deben cumplir el Decreto n.º 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia. Entre otras disposiciones se debe cumplir lo siguiente:
- Instalación de placa visible junto a la entrada según la Orden de 20 de julio de 2006 de la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo
- Disponer de hojas de reclamaciones en los términos establecidos en el Decreto 3/2014, de 31 de enero
- Disponer de un seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de trescientos mil euros.
- Se debe disponer de un extintor instalado en un lugar accesible.
- Se debe disponer de un botiquín de primeros auxilios.
- Los titulares de la explotación de alojamiento están obligados a expedir facturas, o documentos sustitutivos, en la forma legalmente establecida.
- Deberá existir información por escrito, al menos en español e inglés, del teléfono 1-1-2 y otros números para caso de emergencia. Además de información turística.
Normativa a cumplir para viviendas de uso turístico en el San Pedro del Pinatar.
- Decreto n.º 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia.
- Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.
- Ley 11/2014, de 27 de noviembre, de modificación de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.
- Orden de 20 de julio de 2006 de la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo por la que se determinan los distintivos de los Apartamentos Turísticos y Alojamientos Vacacionales, Alojamientos Rurales, Establecimientos Hoteleros y Establecimientos de Restauración de la Región de Murcia.
- Resolución de la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa, por la que se aprueba el formulario electrónico específico solicitado por el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, código: P-1890 viviendas de uso turístico.
- Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
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