Viviendas uso turístico Orihuela
El registro de viviendas de uso turístico en Orihuela permite los alquileres vacacionales en viviendas particulares.
Te ayudaré con la gestión de VUT de tu vivienda.
¿Qué es una vivienda de uso turístico?
Las viviendas de uso turístico (VUT) son viviendas que se alquilan a turistas, pero cuyo uso no es estrictamente comercial, es decir siguen siendo viviendas particulares.
De hecho, es habitual que estas viviendas tengan como vecinos a personas completamente ajenas al alquiler vacacional, por lo que las VUT deben estar permitidas por la comunidad de propietarios si está ubicada en un edificio. Además el ayuntamiento debe emitir un certificado de compatibilidad que permita su inscripción en el registro de la Comunidad Autónoma.
¿Qué hace falta para inscribir mi vivienda como VUT?
Lo primero en caso de comunidades de propietarios es cerciorarse de que la comunidad no ha prohibido las viviendas de uso turístico en sus estatutos. Dado que de ser así no sería posible incribir la vivienda.
Solicitar el Certificado de Compatibilidad Urbanística en el Orihuela
Dicho trámite se solicita en el Ayuntamiento del Orihuela presencialmente o por sede electrónica. Se requiere la siguiente documentación:
- Solicitud de Certificado de Compatibilidad Urbanística. Modelo aquí
- Fotocopia del DNI o NIE del declarante o permiso de residencia y/o de trabajo en el caso de
- extranjeros (deberá adjuntar fotocopia del pasaporte).
- Fotocopia de la escritura de constitución de la mercantil, del C.I.F. de la misma, del poder del
representante o gerente y fotocopia de su DNI/NIE - Documentación acreditativa de la representación. (Cuando proceda)
- Plano de emplazamiento en el que figure la totalidad de la parcela ocupada por la instalación
proyectada. - Copia de la Cédula de Habitabilidad concedida en su día o de la declaración responsable de
primera o segunda ocupación.
Es importante tener en cuenta que depende del Ayuntamiento concedernos el certificado de compatibilidad urbanistica.
Solicitar la Declaración responsable referente a viviendas de uso turístico en la Generalitat Valenciana
Una vez tenemos claro que la comunidad no nos impide el VUT y disponemos del certificado de compatibilidad urbanísitca que nos ha proporcionado el Ayuntamiento del Pilar de la Horadada. Podemos tramitar la declaración responsable en la Comunidad Valenciana.
- Solicitud de Certificado de Compatibilidad Urbanística. Modelo aquí
- Fotocopia del DNI y mandato de representación firmado
- Acreditación de la propiedad: título, nota simple o contrato que autorice al VUT
- Certificado de compatibilidad urbanística del Orihuela
- Cédula de habitabilidad (Licencia de 1º o 2º ocupación)
- Seguro de responsabilidad civil. Depende del nº de viviendas
- Acreditación de que se cumple la normativa correspondiente al VUT
Se ha de tener en cuenta lo siguiente:
- Las personas titulares de cinco o más viviendas de uso turístico, deberán inscribirse en el Registro como empresa gestora de viviendas de uso turístico
- La cuantía mínima del capital asegurado en el seguro de reponsabilidad civil se determinará en función de las plazas máximas admisibles en el alojamiento contemplado en la declaración responsable, y será: a) Hasta 25 plazas: 150.000 euros.
- Realizada la declaración responsable de inicio de actividad, ésta deberá comenzar de forma efectiva en el plazo máximo de dos meses. En caso contrario, aquélla quedará sin efecto y se procederá, previa instrucción del oportuno expediente en el que se dará audiencia a la persona interesada, a la baja y cancelación de la inscripción en el Registro.
- La inscripción y, en su caso, clasificación de la vivienda de uso turístico, no supondrán la autorización de otras instalaciones y servicios existentes en su recinto para los que exista normativa específica propia.
- Tas la presentación de la Declaración Responsable se deberá iniciar la actividad de alquiler turístico. Siendo la consejería de Turismo la que podrá inspeccionar la vivienda para cercierarse del cumplimiento de la normativa.
Normativa a cumplir para viviendas de uso turístico en el Orihuela.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº236 de 02.10.2015)
- Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8313 de 08.06.2018)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE nº236 de 2/10/2015)
- Decreto 15/2020, de 31 de enero, del Consell, de disciplina turística en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8737 de 06.02.2020)
- Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº9015 / 08.02.2021).
- Normas urbanísticas de Orihuela
Ponte en contacto conmigo y hablamos.
Rellena el formulario y te contestaré en menos de 24 horas.