Vivienda de uso turístico en Alicante

La normativa de Alicante requiere el registro de vivienda de uso turístico para poder alquilar residencias privadas a visitantes. Si enfrentas dificultades en el trámite de la documentación necesaria, no dudes en comunicarte conmigo. Estoy disponible para asistirte en la realización efectiva de los trámites de tu VUT..
¿Qué es una vivienda de uso turístico?
Si estás interesado en alquilar tu vivienda con fines turísticos en Alicante, puedo brindarte asistencia en todo el proceso. Es fundamental tener en cuenta que la normativa en esta área es bastante compleja, ya que cada comunidad autónoma cuenta con sus propias regulaciones relacionadas con las viviendas de uso turístico (VUT).
En el caso de Alicante, es necesario llevar a cabo el registro de la vivienda en el correspondiente registro de viviendas de uso turístico y obtener el certificado de compatibilidad emitido por el ayuntamiento. Además, es esencial cumplir con todas las normativas y requisitos legales para evitar posibles sanciones.
Si requieres más información o necesitas ayuda con la gestión de tu VUT en Alicante, no dudes en contactarme. Estaré encantado de brindarte la asistencia necesaria en todo lo que necesites.
¿Qué hace falta para inscribir mi vivienda como VUT en Alicante?
Es relevante tener presente que las asociaciones de propietarios poseen la capacidad de establecer regulaciones y normas en relación al uso de las viviendas dentro del edificio, por lo tanto, es esencial revisar minuciosamente los estatutos antes de proceder con el alquiler de la vivienda como una VUT. En el caso de que la comunidad permita las viviendas de uso turístico, también es necesario cumplir con los requisitos y procesos establecidos por la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento correspondiente para su inscripción en el registro de viviendas de uso turístico.
Solicitar el Certificado de Compatibilidad Urbanística en Alicante
El certificado de compatibilidad para vivienda turística se solicita en el Ayuntamiento de Alicante presencialmente o por sede electrónica. Es un trámite imprescindible para registrar la vivienda de uso turístico en Alicante. El ayuntamiento proporciona el siguiente flujograma del trámite:

Para obtener el INFORME URBANÍSTICO MUNICIPAL O CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES DE ALOJAMIENTO TEMPORAL DE VIVIENDA DE USO TURÍSTICO se debe aportar la siguiente documentación:
- a) Emplazamiento exacto de la vivienda, con número de referencia catastral, a efectos de obtener la compatibilidad del emplazamiento con las determinaciones del Plan General y/o el instrumento de ordenación urbanística aplicable. El certificado de compatibilidad favorable municipal es requisito obligatorio para la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana y para la solicitud del instrumento de intervención ambiental que resulte aplicable. No podrá continuar el procedimiento hasta que se emita la certificación de forma expresa.
- b) Igualmente contendrá los requisitos técnicos de la clasificación elegida de vivienda de uso turística de conformidad con el Anexo I del Decreto 92/2009, Reglamento regulador de las viviendas turísticas, o norma que la sustituya. El certificado de habitabilidad y ocupación municipal es requisito obligatorio para la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
- c) Documentación gráfica: Plano de la vivienda de uso turístico conteniendo su dimensión total en m2 así como la dimensión de cada uno de sus componentes igualmente en m2. Esta documentación gráfica es condición previa para la emisión del certificado de habitabilidad y ocupación municipal, de conformidad con el Decreto 92/2009 y Ley 3/2004, y es requisito obligatorio para la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana y para la solicitud del instrumento de intervención ambiental que resulte aplicable.
- d) Documentación gráfica: Plano de calificación del Plan General o Instrumento de Ordenación aplicable en el que se indicará el emplazamiento exacto de la vivienda de uso turístico.
- e) Documentación complementaria relativa a la disponibilidad de la vivienda para su dedicación al uso turístico:
Solicitar la Declaración responsable referente a viviendas de uso turístico en la Comunidad Valenciana
Una vez tenemos claro que la comunidad no nos impide el VUT y disponemos del certificado de compatibilidad urbanística que nos ha proporcionado el Ayuntamiento de Alicante. Podemos tramitar la declaración responsable en la Comunidad Valenciana.
- Solicitud de Certificado de Compatibilidad Urbanística. Modelo aquí
- Fotocopia del DNI y mandato de representación firmado
- Acreditación de la propiedad: título, nota simple o contrato que autorice al VUT
- Certificado de compatibilidad urbanística de Alicante
- Cédula de habitabilidad (Licencia de 1º o 2º ocupación)
- Seguro de responsabilidad civil. Depende del nº de viviendas
- Acreditación de que se cumple la normativa correspondiente al VUT
Se ha de tener en cuenta lo siguiente:
- Las personas titulares de cinco o más viviendas de uso turístico, se deberán inscribir en el Registro como empresa gestora de viviendas de uso turístico
- La cuantía mínima del capital asegurado en el seguro de responsabilidad civil se determinará en función de las plazas máximas admisibles en el alojamiento contemplado en la declaración responsable, y será: a) Hasta 25 plazas: 150.000 euros.
- Una vez realizada la declaración responsable de inicio de actividad, es imprescindible que esta comience de manera efectiva dentro de un plazo máximo de dos meses. En caso contrario, la declaración quedará sin validez y se iniciará el correspondiente procedimiento administrativo en el cual se dará la oportunidad de audiencia a la persona interesada. Como resultado, se procederá a la baja y cancelación de la inscripción en el Registro.
- La inscripción y, en su caso, clasificación de la vivienda de uso turístico, no implicarán la autorización automática de otras instalaciones y servicios presentes en su entorno para los cuales exista una normativa específica propia.
- Tras la presentación de la Declaración Responsable se deberá iniciar la actividad de alquiler turístico. Siendo la consejería de Turismo la que podrá inspeccionar la vivienda para cerciorarse del cumplimiento de la normativa.
Normativa a cumplir para viviendas de uso turístico en Alicante.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº236 de 02.10.2015)
- Ley 15/2018, 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8313 de 08.06.2018)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE nº236 de 2/10/2015)
- Decreto 15/2020, de 31 de enero, del Consell, de disciplina turística en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº8737 de 06.02.2020)
- Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana. (DOGV nº9015 / 08.02.2021).
- Normas urbanísticas de Orihuela
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